El procedimiento de reclamación de daños materiales y personales por accidentes de tráfico está bien definido en nuestro ordenamiento jurídico, pero suele ser desconocido para la mayoría de la gente.
Para un despacho de abogados, los expedientes relacionados con los accidentes de tráfico son un atrezo común del día a día. A pesar de la habitualidad de este tipo de sucesos y percances, los involucrados no suelen tienen muy claro cuál es el procedimiento a seguir en caso de un accidente de tráfico. Menos aún si de ese accidente derivan lesiones o daños graves para el vehículo.
Lo primero que debes hacer en caso de haber tenido un accidente es requerir los datos del otro vehículo interviniente y anotar su matrícula. Ello es vital si quieres ver resarcidos tus daños (en caso de que no tengas un seguro a todo riesgo) y evitar trámites engorrosos que alargarán la agonía.
Si la otra persona está receptiva, procura rellenar junto a ella y con la mayor claridad posible la declaración amistosa de accidente. Procura marcar solo una casilla en cada una de las columnas que describen el accidente. Esta hojita, que suele estar entre los papeles del seguro, es determinante para establecer la responsabilidad del siniestro y facilitará las gestiones de tu compañía aseguradora. Las compañías aseguradoras funcionan a través de convenios en los que establecen, dependiendo de las circunstancias del choque, de quién es la responsabilidad. Por ello, cuanta más claridad y datos existan, antes aceptará la responsabilidad la compañía contraria y por tanto antes te arreglarán el vehículo.
Un largo camino en caso de lesiones
En caso de que a raíz del accidente hayas sufrido algún golpe o dolencia, aunque sea mínima, no dudes en ir a urgencias a dejar constancia de ello. Para una futura reclamación por lesiones es indispensable dejar constancia de que la lesión se origina el día del accidente. Por supuesto, tienes derecho a reclamar todos los daños personales que te hayan causado.
El procedimiento de reclamación de lesiones derivadas de accidentes de tráfico está pensado para dar tiempo y margen de actuación a las aseguradoras y fomentar así una solución amistosa. Por ello, el RD 8/2004 estipula que antes de presentar una demanda (también para pedir los daños materiales) es indispensable reclamar antes amistosamente, adjuntando a dicha reclamación toda la documentación médica disponible.
La compañía contraria tiene desde la fecha de la reclamación hasta 3 meses para realizar una oferta de indemnización, previo reconocimiento por sus servicios médicos. Dicha oferta estipulará el tiempo que entienden has estado impedido por las lesiones y la cuantía que te corresponde por cada día que has pasado lesionado. Estas cuantías se calculan según un baremo legal, existiendo algunas plataformas online que pueden ayudarte a estimar cuanta indemnización te corresponde.
Tras la realización de la oferta por la compañía contraria, eres libre de aceptarla definitivamente, en cuyo caso te harán firmar un finiquito para realizar el ingreso en tu cuenta, o bien aceptarla a cuenta e iniciar los trámites judiciales para interponer demanda. Requisito indispensable para interponer demanda será la inclusión de un informe pericial médico, que suele ser costeado por el propio interesado, dependiendo de la póliza de seguro.
¡Cuidado! La acción para demandar prescribe al año desde la curación en caso de las lesiones y al año del siniestro en caso de daños materiales, por lo que no hay que quedarse dormido.
Si has tenido un accidente de tráfico y necesitas asesoramiento, no dudes en contactarnos y te resolveremos todas y cada una de las dudas que te surjan.